El INE anuncio que por estos motivos pueden negarte una candidatura, principalmente por delitos contra las mujeres.
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó revisar que ninguno de los candidatos para las elecciones del 2 de junio de 2024 sea violentador de mujeres.
Sin embargo esto aplicará sólo cuando haya sentencias penales y no denuncias administrativas.
Los consejeros del tribunal electoral avalaron el procedimiento para constatar que las personas candidatas no hayan incurrido en los supuestos establecidos en el artículo 38, fracción VII, de la Constitución, como violencia familiar, así como en algún delito de violencia política contra las mujeres en razón de género en el proceso electoral 2023-2024.
Los actos de violencia contra mujeres por los que pueden negarte una candidatura
- Comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal
- Contra la libertad y seguridad sexuales
- El normal desarrollo psicosexual
- Por violencia familiar
- Violencia familiar equiparada o doméstica
- Violación a la intimidad sexual
- Por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos
- Por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa
INE supervisará a cada candidato
También se avaló la conformación del grupo interdisciplinario coordinado por la Secretaría Ejecutiva del INE que revisará la documentación remitida por las autoridades competentes y por la ciudadanía para verificar si alguno de las personas registrados como candidatos incurrió en uno de los supuestos del artículo 38 de la Constitución o por violencia política contra las mujeres en razón de género.
Dicho consejo se formara una vez que el consejo general apruebe el registro de candidaturas, para que así la Dirección de Partidos Políticos del INE conforme el listado de candidaturas y a partir del 2 de marzo de 2024 solicitará información a diversas instancias sobre sentencias firmes de estas personas.
Una vez teniendo esto, a más tardar el 14 de abril de 2024, el grupo interdisciplinario que forme el organismo electoral llevarán a cabo la revisión de las evidencias documentales que remitan las instancias o la ciudadanía para determinar con certeza si el candidato se ubica en lo que estable el artículo 38 constitucional.
En caso de que alguno de los candidatos se encuentre en uno de estos supuesto, a más tardar el 2 de mayo de 2024, la Secretaría Ejecutiva avisará por correo electrónico a la persona y al partido político que lo represente para que se defienda.
Mientras, la Dirección de Partido Políticos, con ayuda de la Unidad Técnica de Igualdad de Género, emitirá el anteproyecto de resolución, en donde analizará la documentación con la que cuente, y este se presentará a más tardar el 13 de mayo de 2024 para determinar la cancelación o no de la candidatura.