La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución en la que determina que el Congreso de la Unión ha incurrido en una omisión al no realizar la designación de al menos dos de los tres Comisionados del Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (INAI).

Desde abril de 2022, el INAI no se encuentra debidamente integrado, lo que ha llevado a que no pueda sesionar durante varias semanas

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La SCJN no estableció efectos inmediatos en su decisión

La ministra Margarita Ríos Farjat propuso que se establezcan efectos restitutorios inmediatos

Los cuales incluirían instar al Senado a llevar a cabo la designación de los comisionados faltantes y permitir que el INAI sesione con cuatro integrantes, habilitando el voto de calidad de la comisionada presidenta.

Sin embargo, a pesar de esta propuesta, la SCJN no estableció efectos inmediatos en su decisión.

El caso fue desechado y devuelto a otro ministro para que realice el engrose del expediente, en el cual se establecerán los efectos de la resolución.

Se espera que los resolutivos finales sean conocidos posiblemente en agosto, ya que tanto la SCJN como el INAI iniciarán un descanso de 15 días.

La decisión de la SCJN se tomó al analizar la Controversia Constitucional 280/2023 presentada por el INAI.

Ocho de los ministros votaron en contra del proyecto de la ministra Loretta Ortiz

Quien propuso declarar que el Senado no ha incurrido en una omisión, ya que ha realizado acciones para la designación de los comisionados faltantes.

La ministra Ortiz argumentó que la falta de designación no se debe a la inacción del Senado, sino a la falta de consenso en la discusión democrática del caso.

Destacó que se han llevado a cabo diversas actuaciones relacionadas con el proceso de designación.

Incluso con la designación de dos comisionados que fueron objetados por el presidente de la República.

Por otro lado, dos ministros, Yasmín Esquivel y Arturo Zaldívar, votaron a favor del proyecto

Consideraron que la SCJN no puede obligar al Legislativo a realizar los nombramientos, ya que sería una acción antijurídica y una intromisión constitucional en la función del Senado.

Sostuvieron que el Senado tiene el deber de realizar la designación, pero no un plazo establecido.

En contraste, el resto de los ministros coincidió en que sí existe un plazo establecido en la Constitución para la designación de los comisionados

Plazo que ha sido sobrepasado, y es necesario subsanar esta omisión por parte del Congreso de la Unión.

La resolución de la SCJN pone de manifiesto la necesidad de que se realice la designación de los comisionados faltantes en el INAI

A fin de garantizar el adecuado funcionamiento de este organismo encargado de promover la transparencia y el acceso a la información pública en México.

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