El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ha obtenido la autorización para llevar a cabo sesiones con tan solo cuatro de sus comisionados, gracias a la reciente decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Este permiso surge como respuesta a la falta de nombramientos por parte del Senado de la República, que ha mantenido al INAI inoperante desde abril pasado.

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La autorización fue otorgada después de que el INAI presentó una queja, bajo el número de expediente 229/2023-CA, en la cual alegó que la ministra Loretta Ortiz Ahlf no había concedido la suspensión necesaria para permitir que el Instituto continúe con sus labores.

En una sesión celebrada el 23 de agosto, los ministros de la SCJN decidieron revocar la negativa de suspensión, allanando el camino para que el INAI recupere su capacidad operativa.

La falta de quorum en el INAI, causada por la conclusión de los periodos de tres de sus comisionados en abril, había impedido que el Instituto llevara a cabo sesiones regulares.

La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece que se requiere un mínimo de cinco comisionados para que las sesiones tengan validez.

Desde entonces, el INAI solo había podido realizar sesiones extraordinarias para cumplir con resoluciones judiciales que ordenaban revisar decisiones previamente impugnadas en tribunales.

La situación llegó a tal punto que, el 2 de agosto pasado, la organización internacional Artículo 19 instó a la Suprema Corte a otorgar la suspensión, argumentando que “el INAI no puede resolver los 7 mil 570 recursos de revisión”.

La decisión de la Segunda Sala de la SCJN permitirá al INAI reanudar su trabajo en beneficio de la transparencia y el acceso a la información en México.

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