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Corte Interamericana de Derechos Humanos reconoce la independencia de los Tribunales Electorales

Corte Interamericana de Derechos Humanos reconoce la independencia de los Tribunales Electorales

Corte Interamericana de Derechos Humanos reconoce la independencia de los Tribunales Electorales

Recientemente, la Corte Interamericana de derechos humanos consideró pertinente señalar que la garantía de independencia judicial de los tribunales electorales resulta indispensable dentro de un sistema democrático.

Estas instituciones forman parte de la columna vertebral del sistema electoral

Son el mecanismo de revisión judicial que garantiza la realización de unas elecciones justas, libres y creíbles.

“La protección y preservación de la independencia de los tribunales electorales previene interferencias indebidas de otros poderes del Estado, especialmente del poder ejecutivo, en los mecanismos de control jurisdiccional que protegen el ejercicio de los derechos políticos, tanto de los votantes, como de los candidatos que participan en una contienda electoral”

De esta forma, la protección de la independencia judicial de los tribunales electorales constituye una garantía para el ejercicio de los derechos políticos.

Esto es, para la efectiva participación en la dirección de los asuntos públicos, votar y ser elegido

De igual forma, tener acceso en condiciones generales de igualdad a las funciones públicas.

Corte Interamericana de Derechos Humanos reconoce la independencia de los Tribunales Electorales

De esta forma, la Corte considera que el mecanismo de selección y destitución de los jueces electorales debe ser coherente con el sistema político democrático en su conjunto.

La vulneración afecta a los Tribunales Electorales

Es por eso que, la vulneración de la independencia de los tribunales electorales afecta no sólo a la justicia electoral.

Sino también el ejercicio efectivo de la democracia representativa, el cual es la base del estado de derecho

La cooptación de los órganos electorales por otros poderes públicos afecta transversalmente a toda la institucionalidad democrática

En esa medida constituye un riesgo para el control del poder político

Además de la garantía de los derechos humanos, pues menoscaba las garantías institucionales que permiten el control del ejercicio arbitrario del poder.

De esta forma, se imposibilita la existencia de mecanismos jurisdiccionales que velen por la protección de los derechos políticos y, por tanto, las garantías de inamovilidad y estabilidad de los jueces electorales deben ser reforzadas.

En ese sentido, la Corte considera que cualquier demérito o regresividad en las garantías de independencia, estabilidad e inamovilidad de los tribunales electorales:

“Son inconvencionales en cuanto su efecto se puede traducir en un impacto sistémico igualmente regresivo sobre el estado de derecho, las garantías institucionales y el ejercicio de los derechos fundamentales en general.

La protección de la independencia judicial en este ámbito adquiere una relevancia especial en el contexto mundial y regional actual de erosión de la democracia, en donde se utilizan los poderes formales para promover valores antidemocráticos, vaciando de contenido las instituciones y dejando solo su mera apariencia.

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